JUAN PABLO II
ÁNGELUS
Domingo 7 de agosto de 1994
Queridos hermanos y hermanas:
1. En la Conferencia internacional sobre la población que se celebró en la Ciudad de México en 1984 se afirmó con razón que «en ningún caso debería promoverse el aborto como método de planificación familiar». Es de esperar que esa orientación se reafirme con firmeza también en la próxima Conferencia de El Cairo. Si se afirmara la posición contraria, tendente a legitimar aún más la práctica legal del aborto, la humanidad sufriría otro gran fracaso del derecho y de la justicia.
En efecto, no sólo para las personas, sino también para los Estados y la comunidad internacional vale el principio moral según el cual «la vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida» (Catecismo de la Iglesia católica n. 2.270).
El Concilio no dudó en calificar el aborto como «crimen abominable» (Gaudium et spes, 51). Ese juicio tan severo no sólo se funda en la palabra de la Revelación sino también en la de la razón del hombre. Incluso la ciencia confirma hoy el carácter humano del embrión, asegurándonos que, desde su concepción, es un ser original y biológicamente autónomo, dotado de un proyecto interno que se va actuando sin solución de continuidad, hasta alcanzar la madurez de su desarrollo. Precisamente por eso, vale para el embrión, lo mismo que para las personas ya nacidas, el mandamiento de Dios: No matar.
2. El Estado tiene el deber de garantizar y favorecer de todos los modos posibles el respeto a la vida de todo hombre. Contra ese deber no se puede invocar la libertad de conciencia y de elección, porque el respeto a la vida es fundamento de cualquier otro derecho, incluidos los de la libertad. Como recuerda el Catecismo de la Iglesia católica «el derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación» (n. 2.273) de modo que «cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho» (Congregación para la doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitae, III; cf. L'Osservatore Romano edición en lengua española, 15 de marzo de 1987, pág. 21).
3. Pidamos a la Virgen, Madre de Dios, que ilumine la conciencia de los responsables y ayude a la humanidad a salvaguardar el respeto a la dignidad y al valor de toda vida humana desde su concepción. María, que tuvo el privilegio de llevar en su seno al Señor de la vida, obtenga que los padres respeten la vida que están llamados a engendrar, que la sociedad civil ayude con iniciativas eficaces a las madres en dificultad, y que los gobernantes promulguen leyes siempre y únicamente al servicio de la vida.
4. Al dirigirnos a la santísima Virgen con la plegaria del Ángelus, queremos recordar también hoy la egregia figura de mi predecesor, el Papa Pablo VI, de quien precisamente ayer celebramos el aniversario de su muerte. En su magisterio luminoso reafirmó siempre con valentía la dignidad de todo ser humano y el valor intangible de su vida.
Después del Ángelus
Quiero ahora saludar con sincero afecto a todas las personas de lengua española, aquí reunidas, y a cuantos rezan el “Ángelus” en la plaza de San Pedro o a través de la radio y la televisión. Os pongo bajo la protección de la Virgen María pidiéndole que cada familia sea una verdadera “iglesia doméstica” donde se ame y se dé culto a Dios y se vivan y trasmitan los auténticos valores cristianos. A todos vosotros y a vuestros seres queridos imparto la Bendición Apostólica.
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